lign: justify;»>En setiembre del 2007 se publica la Ley 29080 – Ley de Creación del Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda y en julio del 2016 se publica el su nuevo reglamento, en el que se establecen los requisitos, procedimientos e impedimentos para la inscripción y renovación, entre otros aspectos.
Ley 29080 – Ley de Creación del Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
El 11 de setiembre de 2007, se publicó en el diario El Peruano la Ley 29080 – Ley de Creación del Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual indica que a los tres (03) años de publicada dicha ley, la inscripción en este registro es obligatoria para todos los agentes inmobiliarios.
El registro constituye el reconocimiento estatal de la idoneidad del Agente Inmobiliario para desarrollar actividades de intermediación inmobiliaria y busca dotar de seguridad jurídica a las operaciones en que éste interviene.
Si bien la ley establece los requisitos para inscribirse en el registro, estos se desarrollan con mayor detalle en el reglamento, estableciendo además el procedimiento de inscripción, plazo de vigencia, procedimiento de renovación del registro e impedimentos para el registro, entre otros.
Decreto Supremo 010-2016-VIVIENDA Reglamento de la Ley 29080
El 23 de julio del 2016 se publica el nuevo Reglamento de la Ley 29080, derogando el Decreto Supremo Nº 004-2008-VIVIENDA del reglamento anterior y sus modificatorias.
El artículo 9 de este reglamento, establece los siguientes requisitos para la inscripción en el registro de agentes inmobiliarios:
Requisitos para personas naturales
- El FIR debidamente llenado.
- Las fotocopias simples del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario.
- La Declaración Jurada del Agente Inmobiliario de encontrarse en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles.
- La Declaración Jurada de domicilio, de acuerdo a lo regulado en la Ley Nº 28882, Ley de Simplificación de la Certificación Domiciliaria.
- La fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad – DNI del Agente Inmobiliario.
- La fotocopia simple del Registro Único de Contribuyente – RUC del Agente Inmobiliario.
- El Certificado de Antecedentes Penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas en el que se acredite que no registran sentencia condenatoria.
- Dos fotografías a color tamaño pasaporte en fondo blanco, actuales, sin retoques ni alteraciones.
Requisitos para personas jurídicas
- El FIR debidamente llenado.
- El Certificado de Vigencia de Persona Jurídica, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.
- El Certificado de Vigencia de poder del representante legal, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.
- La fotocopia simple del RUC.
- La fotocopia simple del DNI del Representante Legal.
- La fotocopia simple del DNI de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
- Las fotocopias simples de los contratos de trabajo o del acto jurídico que acredita la subordinación entre la persona jurídica y los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
- Las fotocopias simples del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.
- El Certificado de Antecedentes Penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas, de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir, en el que se acredite que no registran sentencia condenatoria.
Solo aquellos representantes legales que tienen la inscripción en Registro como Persona Natural pueden solicitar la inscripción de la persona jurídica que representan.
Procedimiento para la inscripción
El artículo 10 del reglamento establece el procedimiento para la inscripción en el registro:
- Los documentos se presentan a la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo de VIVIENDA. Los solicitantes que residen en el interior del país, presentan los documentos por correo certificado.
- La DGPRVU verifica la documentación presentada, de acuerdo a los documentos señalados en el artículo precedente y de estar conformes, evalúa la misma y autoriza a la inscripción en el Registro.
- En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, la DGPRVU, en un plazo de cinco (05) días hábiles de recibida la solicitud, notifica al solicitante en el domicilio señalado en el FIR o en la Declaración Jurada de Domicilio; de no subsanarse dentro del plazo de diez (10) días hábiles de recibida la comunicación, se tiene por no presentada su solicitud, por lo que se devuelve la documentación al solicitante cuando se apersone a reclamarla.
- El procedimiento para la inscripción en el Registro es de treinta (30) días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción del expediente.
- Cuando haya alguna variación en los datos declarados en la inscripción o en la documentación presentada, se solicita la modificación de los mismos en un plazo de cinco (05) días hábiles. VIVIENDA puede exigir la ampliación, aclaración o actualización de la información proporcionada.
Vigencia de la inscripción en el registro
El artículo 11 del reglamento establece que la inscripción en el Registro tiene una vigencia de tres (03) años, computados a partir de la fecha de emisión de la constancia de inscripción.
Renovación de la inscripción en el registro
El artículo 16 del reglamento establece que el Agente Inmobiliario, a fin de continuar realizando operaciones inmobiliarias de intermediación, solicita la renovación de su inscripción en el Registro dentro de los treinta (30) días calendario antes de la fecha de su vencimiento, con un procedimiento similar al del registro, en lo que corresponde.
El artículo 17 del reglamento establece que para la renovación de la inscripción en el Registro, el Agente Inmobiliario presenta lo siguiente:
- Los documentos establecidos artículo 9 del Reglamento (similares a los indicados en el procedimiento de inscripción original).
- Acreditar haber adquirido, con fecha posterior a su inscripción, conocimientos relacionados con la actividad inmobiliaria, como mínimo cuarenta (40) horas lectivas, a través de constancias, certificados de capacitación o de actualización, otorgados por instituciones educativas de enseñanza superior, asociaciones de Agentes Inmobiliarios, Colegios Profesionales u otras instituciones públicas o privadas.
- Declaración Jurada de no tener deuda pendiente con VIVIENDA por concepto de multas provenientes de sanciones.
La vigencia de la renovación es de tres (03) años y están impedidos de renovarla los Agentes Inmobiliarios a los que se les haya cancelado la inscripción del Agente Inmobiliario por
sanción.
Impedimentos para la inscripción
El artículo 12 del reglamento establece que están impedidos para la inscripción:
- El que no pueda ejercer sus derechos civiles.
- El incapaz absoluto y relativo, de acuerdo a los artículos 43 y 44 del Código Civil.
- El deudor sometido a procedimiento concursal.
- El Agente Inmobiliario sancionado con la cancelación definitiva del Registro.
- Los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público.
- La persona jurídica con falta de pluralidad de socios, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades.
- La persona jurídica cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales hayan sido sancionados en su actuación como personas naturales.
- Los socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales de una persona jurídica que haya sido sancionada.
Tengo una duda es preferible o exigible que el agente inmobiliario tenga estudios superiores culminado? Gracias
buenas tardes Miguel, lo necesario es, es inscribirte en el Registro de Agentes Inmobiliarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Buenas tardes Miguel de ser preferible, si
Buenos días, me informaron que es no es necesario ahora la renovación del código debido a la coyuntura actual. Qué tan cierta es esta información y dónde puedo encontrar información confiable por favor, ya que el ministerio no me responde.
Buenas tardes Rossana, Deben llenar el formulario (permítenos tu correo para poder adjuntártelo por favor) EN FORMA CLARA, CON LETRA DE IMPRENTA LEGIBLE, QUE NO DEJEN DE MARCAR LAS DECLARACIONES JURADAS DE LA SEGUNDA CARA.
UNA VEZ LLENO, LO FIRMAS, ESCANEAS Y LO REMITES A:
mesadepartes@vivienda.gob.pe
No se adjunta nada más.
buen dia!
Quieri registrar mi empresa como agente inmobiliario, leí que se debe presentar varios documentos para personas jurdicias, la letra b indica «El Certificado de Vigencia de Persona Jurídica, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario.»
A qué documento se refieren?
Podría enviarme el FIR al coffeo por favor
es lilia.napuri.arqdeco@gmail.com
Estimada Lilia buen día. El ingreso a ASPAI es como persona natural. No jurídica. Pero nos encantaría poder comunicarnos contigo para detallarte de manera más personalizada sobre todos los beneficios de ser asociada ASPAI y de todos los requisitos para serlo. Podrías proporcionarnos un número al cual contactarnos contigo por favor? o escríbenos a informes@aspai.pe e inmediatamente nos pondremos en contacto contigo.
Buenas tardes, no he podido renovar mi código por la coyuntura, quisiera saber si debo o no renovarlo, y que tengo que hacer, mi correo es gilbercorralesinversiones@gmail.com
Muchas gracias.
Estimado Gilber gracias por tu mensaje. Se contactará contigo la persona encargada para poder brindarte la información solicitada.
Buenos días, no he podido renovar mi código por la coyuntura, quisiera saber si debo o no renovarlo, si la respuesta es si, que debo hacer? que documentos debo de presentar?, mi correo es aalvites.ledesma@gmail.com / aalvites_ledesma@hotmail.com
Muchas gracias.
Estimad Arturo buen día,
Se pondrá en contacto con usted a su correo Lorena Gonzales quien es la encargada del área administrativa de ASPAI, para brindarle la información requerida. Muchas gracias por contactarse con nosotros. Para cualquier duda o comunicación directa por favor llamar al +51 946 222 407.
Muchas gracias.
Con el formulario Basta ??
Y dónde se lleva el curso de Especialización para Agente Inmobiliario que tenga validez para el Ministerio de Vivienda?
El curso tiene una duración de 200 horas (2 a 4 meses dependiendo de la frecuencia de los días en que decidas llevar las clases). En el Perú son varias las universidades y grupos que ofrecen esta certificación como la USMP, la UNI, la UPCI, la UNIFÉ, IBR, SBP, etc.
En general, los módulos de esta certificación revisan conceptos y herramientas de forma interdisciplinaria que te permiten tener una visión general y actualizada del rubro inmobiliario.
El factor principal para decidir en qué centro o universidad llevarás el curso es la orientación de tu perfil profesional. Algunos lugares, como la Sociedad de Bienes Raíces (SBR), dedican un módulo completo al planeamiento financiero. Otros, como el Centro Especializado en Bienes Raíces y Finanzas (IBR), exploran más bien el planeamiento de marketing. En universidades como la UNI o la USMP se enfocan más en la planificación urbana.
Una vez que hayas decidido el lugar de tu certificación, siguiendo esta breve guía, estarás apto para conseguir el Código de Agente Inmobiliario de manera que podrás participar en el medio con las herramientas adecuadas según tu perfil profesional.
Buenas noches Mary. El curso tiene una duración de 200 horas (2 a 4 meses dependiendo de la frecuencia de los días en que decidas llevar las clases). En el Perú son varias las universidades y grupos que ofrecen esta certificación como la USMP, la UNI, la UPCI, la UNIFÉ, IBR, SBP, etc.
En general, los módulos de esta certificación revisan conceptos y herramientas de forma interdisciplinaria que te permiten tener una visión general y actualizada del rubro inmobiliario.
El factor principal para decidir en qué centro o universidad llevarás el curso es la orientación de tu perfil profesional. Algunos lugares, como la Sociedad de Bienes Raíces (SBR), dedican un módulo completo al planeamiento financiero. Otros, como el Centro Especializado en Bienes Raíces y Finanzas (IBR), exploran más bien el planeamiento de marketing. En universidades como la UNI o la USMP se enfocan más en la planificación urbana.
Una vez que hayas decidido el lugar de tu certificación, siguiendo esta breve guía, estarás apto para conseguir el Código de Agente Inmobiliario de manera que podrás participar en el medio con las herramientas adecuadas según tu perfil profesional.
Por favor donde podría averiguar si tengo que renovar mi codigo de agente inmobiliario. Agradeceré me puedan ayudar.
Estimada Vanessa buen día,
Se pondrá en contacto con usted a su correo Lorena Gonzales quien es la encargada del área administrativa de ASPAI, para brindarle la información requerida. Muchas gracias por contactarse con nosotros. Para cualquier duda o comunicación directa por favor llamar al +51 946 222 407.
Muchas gracias.
Buenos días, no he podido renovar mi código por la coyuntura, quisiera saber si debo o no renovarlo, si la respuesta es si, que debo hacer? que documentos debo de presentar?, mi correo es aalvites.ledesma@gmail.com / aalvites_ledesma@hotmail.com
Muchas gracias.
Hola Bs tardes,
Por favor estoy buscando información de como hacer para renovar la .licencia de agente inmobiliario , tanto para persona natural como para persona jurídica.
Podrían enviarme l a información , pasos a seguir y formularios de ser necesario llenar algo.
Mi correo es rosariozarate2268@gmail.com
Estimada Rosario buen día,
Se pondrá en contacto con usted a su correo Lorena Gonzales quien es la encargada del área administrativa de ASPAI, para brindarle la información requerida. Muchas gracias por contactarse con nosotros. Para cualquier duda o comunicación directa por favor llamar al +51 946 222 407.
Buenos días, cada cuanto tiempo se renueva el código de agente inmobiliario.
Yo también deseo renovar la licencia por favor , mí correo es carlavev2012@gmail.com, tal vez me pueden compartir el formulario
Buenas tardes, por favor me pueden orientar como hago para renovar el Certificado de Agente Inmobiliario, por favor si me pueden enviar el formulario a mi correo jessyvg@gmail.com Muchas gracias
Buen día si me pueden enviar a mi correo el formulario de renovación del carnet d agente inmobiliario
Buen día si me pueden enviar a mi correo el formulario de renovación del carnet d agente inmobiliario
Buenos nocheq si hice el curso de agente inmobiliario en españa puedo sacar mi codigo de agente inmobiliario ante el ministerio de vivienda y conatruccion de peru